El aumento de marzo con la nueva fórmula tomaría lo sucedido desde septiembre de 2020, aunque al mismo tiempo se debe fijar un aumento por decreto, en diciembre, en función de la ley de Solidaridad Social.
El Gobierno enviará al Congreso el proyecto de ley de la nueva movilidad jubilatoria y al mismo tiempo tratará de sortear un obstáculo jurídico. De aprobarse la propuesta del oficialismo, el aumento de marzo tomaría los sucedido desde septiembre de este año, aunque al mismo tiempo debe fijar un aumento por decreto en diciembre en función de la ley de Solidaridad Social.
Luego de formalizar la propuesta que se debatirá el jueves en Comisión, la Anses dio a conocer su estimación respecto al incremento que tendrán las jubilaciones en caso de que avance la nueva ley de movilidad. De aprobarse, los haberes obtendrían una mejora del 32,2% en 2021.
De acuerdo al organismo previsional, habría dos subas semestrales: una en marzo del 11,9% y otra del 18,2% en septiembre. El conflicto que se desprende a partir de este esquema es que la suba de marzo implica una actualización sobre lo sucedido seis meses atrás (septiembre 2020- marzo 2021). Sin embargo, por ley, el Ejecutivo debe otorgar un incremento a fin de año.
¿Decreto y Ley de movilidad?
«A los fines de atender en forma prioritaria y en el corto plazo a los sectores de más bajos ingresos, suspéndase por el plazo de ciento ochenta (180) días, la aplicación del artículo 32 de la ley 24.241, sus complementarias y modificatorias. Durante el plazo previsto en el párrafo anterior, el Poder Ejecutivo nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general de la ley 24.241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos», indica el artículo 55 de la Ley de Solidaridad Social. De no concretarse un aumento bajo el argumento de la sanción de la nueva ley de movilidad, el Gobierno se vería en graves problemas legales.
Sin embargo, la fórmula que rigió entre 2009 y 2017 permitió que los haberes mínimos avanzaran en términos reales un 25,8% durante el período en el que estuvo vigente. Sin embargo, a partir de 2018 se la reemplazó por otra que combinaba la inflación en un 70% y un 30% por los sueldos registrados que elabora la cartera laboral (RIPTE).
