El juez federal Daniel Obligado aplicó el beneficio del «estímulo educativo» previsto por ley debido a los estudios que el exfuncionario realizó en la cárcel.
Lxs abogadxs de Boudou, Alejandro Rúa y Graciana Peñafort, habían pedido una reducción de 20 meses – el máximo que establece la norma -. En cambio, la fiscalía opinó que el plazo no debería exceder los seis meses porque no todos los cursos o carreras debían ser incluidos.
Finalmente, el juez Obligado le otorgó al exministro de Economía una baja de la pena de 10 meses por los estudios realizados en la cárcel: un taller de filosofía y otro de organización de eventos. Por este motivo, Obligado aplicó el beneficio del «estímulo educativo» previsto en al ley 24660.
Teniendo en cuenta el tiempo que ya estuvo detenido, Boudou quedó además en condiciones de solicitar salidas transitorias. Desde el año pasado, cumple su condena en prisión domiciliaria, la cual está pendiente de definición dado que Obligado la había revocado y la defensa apeló ante la Cámara Federal de Casación Penal.
La condena sobre Boudou por dádivas y negociaciones incompatibles con la función pública en el caso Ciccone Calcográfica era de cinco años y diez meses de prisión.
La situación que pende de un hilo es el cumplimiento de la condena en domicilio dado que el propio magistrado Obligado primero le atribuyó el beneficio al considerar en su momento que el fallo no estaba firme y había situación de pandemia.
Pero a fines de 2020, la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena y Obligado después de dilaciones terminó revocando la prisión domiciliaria, pero la misma fue apelada y está en estudio de la Cámara de Casación Penal.
