Destacadas

La Anses dará $15.000 a los familiares de las víctimas de coronavirus en situación de vulnerabilidad

El beneficio es de un programa vigente desde 2006. Por decreto se actualizó el monto y lo amplió a los fallecidos por covid. Los familiares deberán haber costeado el entierro para recibirlo.

Los familiares de los fallecidos por Coronavirus en condición de vulnerabilidad podrán pedirle a la Anses un beneficio de $15.000 por única vez, de acuerdo al decreto 655/2020 que publicó este sábado el Boletín Oficial.

La ayuda apunta a asistir a las familias con los costos funerarios. Por lo que se abonará al cónyuge o conviviente, o al padre o a la madre o al hijo o a la hija de la persona fallecida «siempre que el o la solicitante denunciare el fallecimiento y acreditare haber sufragado los gastos del sepelio con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio».

Se trata del Subsidio por Contención Familiar que está vigente desde el año 2006, y que a partir de ahora será ampliado a los familiares de las víctimas del Covid-19, siempre y cuando el fallecido fuera beneficiario de alguno de los planes sociales. Además, mediante el decreto se actualiza el monto a $15.000 porque había quedado congelado en $6.000 desde su último ajuste en 2015.

En este sentido, el decreto aclara que «se considera beneficiario o beneficiaria a toda persona que al momento de su fallecimiento, hubiera solicitado una prestación jubilatoria o de pensión»  del sistema integrado previsional argentino (SIPA) o de las cajas provinciales transferidas a la Nación o por ser veterano de Malvinas, es decir las personas que desde 2006 estaban alcanzadas por este beneficio.

Y también a «las personas que, no siendo beneficiarias de alguna de las prestaciones incluidas en el artículo mencionado, se encontraban desocupadas; o se desempeñaban en la economía informal; o se encontraban inscriptas en las categorías ‘A’ y ‘B’ del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, sus modificatorias y complementarias; o se encontraban inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley N° 26.565; o eran trabajadores y trabajadoras declarados y declaradas en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844; o eran titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social; o eran titulares de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, o eran los niños, las niñas, los o las adolescentes y/o personas mayores de edad con discapacidad que generaban la misma».

Noticias Relacionadas

FUTURO PROCESADO

Editor

El único antídoto es el modelo de país

Editor

Quién era el joven que murió tras ser atropellado durante un rally en Córdoba

Editor
Secret Link