El procurador interino, Eduardo Casal, siguió el argumento de la Ciudad y dictaminó que el DNU de Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales es inconstitucional.
Para Casal la posibilidad de suspender las clases es potestad del gobierno de la ciudad de Buenos Aires y no de Nación.
El Procurador señaló que el gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en este caso no ocurre.
Ahora la Corte Suprema quedó en condiciones de resolver. La opinión del Procurador General no es vinculante para el máximo tribunal.
