Tal como lo solicitara la U.P.C.N. el aguinaldo se abona con la cláusula de resguardo salarial
En respuesta a la Nota Nº 361 presentada por la UPCN en fecha 21 de mayo del corriente año al Ministro de Gobierno y Reforma del Estado Dr. Pablo Farías en dónde solicitábamos se liquidara el Sueldo Anual Complementario incluyendo la cláusula de resguardo salarial, comunicamos que hemos recibido por parte del Poder Ejecutivo la confirmación de que la liquidación del sueldo anual complementario (1er. S.A.C./19) se realizó considerando como base de cálculo los sueldos de Junio/19 que surgen de la aplicación del acuerdo salarial resultante del Decreto Nº 840/19.
Asimismo, se nos informa que el correspondiente pago para todos los agentes activos y pasivos se efectivizará el día 14 de junio.
