La Corte manda señales de una posible marcha atrás con la extranjerización de la tierra
Los supremos analizan un segundo caso sobre la derogación de la Ley de Tierras, impulsado por organizaciones ambientalistas, comunidades mapuches y referentes políticos, que reclaman una medida cautelar pendiente desde agosto. Los caminos posibles.
PorIrina Hauser

Poco antes de que llegara al Palacio de Justicia la movilización contra la Corte Suprema convocada por el Centro de Excombatientes (CECIM) de La Plata por el fallo que habilitó la extranjerización de la tierra, el tribunal mandó señales de que analiza otro expediente donde también se cuestiona el artículo 154 del DNU 70/23 que derogó la Ley de Tierras. ¿Podría dar marcha atrás o modificar el efecto de lo que ya decidió? Como poder, podría. El caso que desempolvó es impulsado por la Asociación Árbol de Pie, las comunidades mapuches Lafkenche y Lof Fvta Anekon, la legisladora de Río Negro Magdalena Odarda y un grupo de vecinos. Su reclamo tramitaba en forma conexa con el de los excombatientes, pero como los supremos lo omitieron en la resolución de la semana pasada, pidieron una “aclaratoria”. La Corte decidió activarlo, pero este martes anunció que debía sortear dos conjueces por una evidente falta de acuerdo entre sus integrantes. Los designados fueron el camarista de Casación Diego Barroetaveña y el camarista de Mendoza Juan Ignacio Pérez Curci.
“Nuevo debate”
Un comunicado que hizo circular la Corte la semana pasada ante el creciente repudio social y de la comunidad jurídica, intentaba calmar los ánimos al decir que solo había tomado una decisión procesal que rechazaba la legitimación para litigar en este caso a los excombatientes y que “nada impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar”. Remarcaba que la polémica sobre la ley de anulación de la ley 26.737 propiamente dicha no había sido resuelta. Decía que se “expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como Ley de Tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento”. Ahí fue que Árbol de Pie, los representantes mapuches, Odarda y compañía, pusieron el grito en el cielo: tienen un pedido de medida cautelar en la Corte sin resolver desde agosto de 2024.
Presentaron entonces un escrito para reclamar que les aclaren si estaban alcanzados por el rechazo al CECIM o si, como todo indicaba, la decisión no los afectaba. En ese caso, pidieron que tramite de una vez, que se asegure su inscripción en el Registro Público de Acciones Colectivas y que la Corte resuelva “la medida cautelar oportunamente solicitada”. A cuento de esa presentación, el caso fue girado a la secretaría 4 (que se ocupa de los casos contenciosos) del máximo tribunal.
Por lo pronto, la propia Corte en un comunicado actualizado anunció que convocaba a conjueces para “un nuevo debate” al “no lograr unanimidad de criterios” a raíz de la presentación de “una organización ambiental” que “se presentó la semana pasada con una solicitud de aclaratoria”. Señala que “el análisis de esta nueva causa” está en línea con el de la semana pasada, que decía que “nada le impedía analizar los casos que llegaran a esa instancia por el mismo tema”. Atribuyen haber resuelto primero el rechazo al CECIM a una cuestión burocrática en la que, en el “orden”, le sigue el reclamo de ambientalistas, mapuches y otros (“olvidados” en el primer comunicado).
Parece que en alguna cuestión crucial los cortesanos no lograron ponerse de acuerdo. El que todo indica que quiere sostener la derogación de la ley de tierras es Rosenkrantz, mientras que Rosatti y Lorenzetti habrían estado dispuestos a responder a Árbol de Pie, con un enfoque ambientalista (Lorenzetti es especialista en el tema, Rosatti también tiene estudios al respecto).
Al ser tres, si alguno disiente, deben convocar a otros magistrados sí o sí entre los presidentes de las Cámaras Federales de todo el país. La pregunta es: ¿Qué podría resolver la Corte en este caso? ¿Cuál puede ser el eje de la discordia interna?
Resultados posibles
Hay un dato a tener en cuenta: las organizaciones y particulares presentados sostienen la defensa de la soberanía territorial, pero su demanda incluye otros aspectos que los diferencian y que incluso podrían ser relevantes cuando se analice si tienen “legitimación”. Por ejemplo, señalan que la Ley de Tierras actuaba como una norma de presupuestos mínimos para la protección del ambiente y la biodiversidad y su eliminación afectaba, a la vez, a los pueblos originarios respecto de la posesión y la propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.
Cuando iniciaron el camino judicial el 28 de diciembre de 2023, apenas se publicó el DNU 70, fueron a los tribunales de Bariloche. El juez Gustavo Villanueva mandó la causa a La Plata, donde tramitaba la acción colectiva del CECIM. La Sala III de la Cámara Federal platense declaró la inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras en el caso de los excombatientes y remitió el de Árbol de Pie a la Corte con el argumento de que era una “pretensión análoga y de conformidad con las reglas que gobiernan los procesos colectivos” y dado que ya habían emitido una “sentencia de fondo”.
Las opciones que se le plantean al tribunal son tres:
- Analizar la legitimación de todo este grupo de amparistas. Decir que es un caso igual al de los excombatientes y rechazar la legitimación o bien sostener que es diferente y que debe tener trámite.
- Esto último podría llevar a que lo devuelvan a las instancias anteriores, a Río Negro o La Plata (según donde consideren que debe tramitar el proceso colectivo), ya que no hubo un pronunciamiento concreto sobre este reclamo con anterioridad y quedó escindido.
- Otra alternativa, según plantea el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, sería que los supremos tomen una medida excepcional y dicten directamente una cautelar que suspenda la derogación de la Ley y luego resuelvan la cuestión de fondo.
Evidentemente, los ministros de la Corte guardan alguna diferencia en cuanto a esas opciones.
Los conjueces
En una audiencia virtual a las 16.30 de este martes se transmitió el sorteo, que se hizo desde el Palacio de Tribunales con un clásico bolillero. Fueron testigos remotos 16 amparistas y dos abogados. No asistió nadie por el Estado Nacional, aunque había sido notificada la jefatura de Gabinete. Las bolillas que cayeron fueron las de Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Pérez Curci, de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. Como suplentes quedaron Eduardo Farah, integrante de la Cámara Federal de Comodoro Py, y Jorge Morán, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Barroetaveña y Pérez Curci están alineados con la histórica y más conservadora Lista Bordó de la Asociación de Magistrados. Sus nombres aparecieron juntos recientemente cuando renunciaron a cargos en los tribunales de disciplina y ética de la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) ante la posibilidad de tener que fallar en algunas de las causas en trámite. A ambos se les atribuyen buenos vínculos con el actual ministro de justicia Juan Bautista Mahiques y su clan judicial familiar. Barroetaveña es, además, consejero de la magistratura. En los últimos años intervino en tres casos cruciales contra Cristina Fernández de Kirchner: votó por anular su sobreseimiento en Hotesur-Los Sauces y Memorándum con Irán, y confirmó a la condena en Vialidad.
Odarda anticipó a Página/12 que reclamarán que la Corte Suprema trate el caso en una audiencia pública, con el mecanismo previsto en la acordada 30/2007 para casos con trascendencia institucional, y que se abra el registro de “amicus curieae” (amigos del tribunal) y que también analizan la recusación de los jueces por vulnerar la paridad de género en la integración del tribunal y respecto de nuevos requisitos para la designación de supremos. Analizan, además, la posible animosidad contra los pueblos originarios.
Toda la escena que protagoniza desde la semana pasada la Corte trae a la memoria lo que ocurrió después de que el tribunal firmara el 3 de mayo de 2017 el famoso fallo del 2×1 que habilitaba la liberación de genocidas al reponer una ley derogada, en sintonía con reivindicaciones del gobierno de Mauricio Macri. El repudio social se tradujo en una inmensa movilización en las calles y el rechazo de tribunales inferiores a aplicar ese criterio. En el plano político, el Congreso sancionó en tiempo récord una ley que decía que el beneficio no era aplicable a delitos de lesa humanidad. Para que eso sucediera intercedió la propia Corte, cuyos integrantes no podían salir tranquilos a la calle, como les pasó este mismo martes en la Facultad de Derecho donde fueron repudiados. Tras aquel fallo pro-genocidas, los jueces estuvieron durante un año y medio anunciando que desandarían el camino con una nueva sentencia que finalmente se concretó en noviembre de 2018.
Ahora amagan de manera similar. Mientras, el gobierno finge un rapto de nacionalismo malvinero que combina de manera forzada con la defensa de la derogación de la ley de Tierras. Frente a Tribunales se empezó a palpitar la marcha del 15 de octubre donde convergerán el reclamo universitario y la derogación de todo el DNU 70/23 que, al fin y al cabo, la Corte pudo haber declarado inconstitucional (con más de 30 planteos en su haber) y pero hasta ahora no lo hizo.
