Nación dio cabida a la emergencia agropecuaria en Santa Fe
La Comisión Nacional aprobó extender la emergencia por sequía en el norte santafesino y elevó la recomendación a Economía para su resolución final.
La Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria dio aval al pedido de la provincia de Santa Fe para prorrogar la declaración de emergencia por sequía en el norte provincial. Con esta aprobación, la medida quedó a la espera de la resolución definitiva del Ministerio de Economía de la Nación y se extenderá hasta el 28 de febrero de 2026.
La prórroga alcanza a distritos del departamento 9 de Julio y mantiene los beneficios fiscales y administrativos destinados a productores afectados por la prolongada falta de lluvias. La decisión había sido dispuesta por el Gobierno provincial a través del Decreto Nº 3184/25, que extiende lo establecido previamente por el Decreto Nº 0435/25.
La emergencia comprende a las localidades de Santa Margarita, San Bernardo, Villa Minetti, Pozo Borrado, Tostado, Logroño, Campo Garay, Esteban Rams y Montefiore, mientras que quedaron excluidas Gato Colorado y Gregoria Pérez de Denis, donde se constataron mejoras en los niveles productivos.
Desde el Ministerio de Desarrollo Productivo destacaron que la medida busca sostener la actividad agropecuaria en una de las regiones más castigadas por la sequía. El ministro Gustavo Puccini señaló que la prórroga refuerza el acompañamiento del Estado provincial al sector, brindando previsibilidad y herramientas para mitigar el impacto climático.
En cuanto a los trámites, los productores que ya cuenten con certificados de Emergencia pasarán automáticamente a la categoría de Desastre, mientras que quienes ya estén en esa condición la mantendrán sin necesidad de nuevas gestiones. Aquellos que aún no hayan iniciado el trámite deberán hacerlo de manera digital a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (Sisagea), con plazo vigente hasta el 29 de enero.
La normativa prevé beneficios impositivos que incluyen prórrogas y condonaciones del Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano, además de la suspensión de acciones judiciales y administrativas vinculadas al cobro de tributos por un plazo de 180 días, una vez finalizado el período de emergencia.
