Mirada de género para el Tribunal
La Red de Mujeres para la Justicia impugnó las postulaciones que implican un total de cinco varones sobre siete miembros.

La Red Mujeres para la Justicia presentó una impugnación a la postulación de dos varones y solo una mujer, propuesta por el Ejecutivo provincial, para integrar la Corte Suprema de Santa Fe. Según indicaron desde la asociación de mujeres judiciales del país, no se trata de un planteo por cuestiones de idoneidad, sino que apunta a la paridad de género, ya que “dejaría un tribunal integrado por cinco varones y dos mujeres”. En ese contexto, solicitan que la postulación se “deje sin efecto”, y que “una vez producidas las vacantes, proponga dos mujeres y un varón, y de ese modo cumplir con el mandato constitucional y convencional”.
Para la Red, la postulación realizada “vulnera derechos y principios expresamente consagrados convencional y constitucionalmente. Es que la Corte, de aprobarse estas propuestas, quedará integrada con cinco varones y dos mujeres. Dos de siete no es paridad”, señala el planteo presentado el 2 de enero, sobre la propuesta para integrar la Corte de siete miembros. Y aclaran: “No impugnamos a la candidata mujer ni a los varones en particular”, sino que apuntan a la paridad.
En diciembre, junto a otras organizaciones, rechazaron -en un comunicado– la propuesta de dos candidatos varones y “solo una mujer” (el juez federal de Reconquista, Aldo Alurralde; la jueza de Faltas de Rosario, Jorgelina Mabel Genghini; y el secretario administrativo de la Cámara de Senadores provincial, Diego Luis Maciel) enviada a la Legislatura por las vacantes que quedarán -anunciadas para fines de este año-, de los ministros Rafael Gutiérrez, Roberto Falistocco y Eduardo Spuler, para iniciar los trámites previsionales en el Poder Judicial.
En ese sentido, la presentación del viernes pasado sostiene: “No afirmamos que exista un derecho de ninguna mujer en particular a ser elegida para la Corte, sino que reivindicamos el derecho colectivo” en el proceso de nombramiento.
El planteo también sostiene: “Dejamos sentado que la Red Mujeres por la Justicia reafirma que la defensa de la paridad de género en la integración de los máximos tribunales constituye una línea de acción institucional sostenida, que venimos ejerciendo en todas las provincias y a nivel nacional, impugnando aquellos procesos de selección que reproduzcan desigualdades estructurales y excluyan a las mujeres de los espacios de máxima decisión judicial”. E indicaron que en el país, “solamente en 2 provincias y CABA se respeta la paridad”. Mientras que “en total, de los 139 cargos cubiertos, 90 están ocupados por varones y 49 por mujeres”.
Por todo, solicitaron al gobernador “deje sin efecto la postulación presentada de dos varones y una mujer y, una vez producidas las vacantes, proponga dos mujeres y un varón”. Lo presentado por la entidad presidida por la jueza Carina Estefania agrega: “Las postulaciones deberán realizarse producidas las vacantes, cuando sean presentadas y aceptadas las renuncias de los actuales ministros de la Corte”.
Como dato, agrega que la Corte de Santa Fe comenzó a funcionar el 3 de octubre de 1892. Es decir, “se cumplieron 133 años de funcionamiento. En tan extenso período, solamente dos mujeres han ocupado la máxima magistratura de dicha provincia. La primera mujer designada fue la doctora María Angélica Gastaldi, en el año 2001. Había pasado más de un siglo para que una mujer pueda ocupar dicho lugar. En el año 2024, se designó a la doctora Margarita Zabalza”.
Sin embargo, “actualmente el órgano judicial se integra con una sola mujer, con la última de las ministras nombrada, en virtud de la renuncia por jubilación de la doctora Gastaldi”.
La presentación agrega que en la provincia “en 2020, se sancionó la ley 14.002, Ley de Paridad, que “en el artículo 16 establece que se incorpora el artículo 11 bis en la ley 10.160 Orgánica del Poder judicial, que prevé: ‘Los procedimientos de nombramiento de Ministros/as y Procurador/a general y la inclusión de nuevos miembros atenderán, de manera progresiva, a posibilitar el cumplimiento del principio de paridad de género y reflejar la diversidad de especialidad y procedencia regional’“.
La misma ley, en el artículo 18 “obliga al Poder Judicial a adoptar todas las medidas de acción positiva y los mecanismos necesarios para garantizar y adecuar de manera progresiva el cumplimiento del principio de paridad de género, hasta llegar a cubrir en forma equivalente para hombres y mujeres, los cargos y los órganos establecidos en las leyes N° 10.160, 13.013 y 13.014″.
También recordaron “el compromiso asumido en la Convención Constituyente que reformó la Constitución, reflejando lo dispuesto en la Ley N° 14.002 y la normativa de protección internacional».
