La Administración Federal de Ingresos Públicos hizo el anuncio este lunes, de cara al inicio del último mes del año.
A quiénes alcanza la medida de la AFIP
Pymes, comerciantes, profesionales, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.
Según el tipo de contribuyente se podrán acceder a distintos tipos de planes:
Entidades sin fines de lucro, organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas y sujetos considerados pequeños contribuyentes: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 60 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 120 para las restantes obligaciones. Las micro y medianas empresas incluídas en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 1% del valor de la deuda consolidada.
Medianas Empresas: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 36 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 60 para las restantes obligaciones. Las medianas empresas incluídas en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 2% del valor de la deuda consolidada.
Otros contribuyentes: Podrán regularizar los aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social hasta en 24 cuotas, mientras que podrán optar por hasta 36 para las restantes obligaciones. Los contribuyentes incluídos en este grupo de contribuyentes deberán ingresar un pago a cuenta del 4% del valor de la deuda consolidada.
La normativa también prevé la posibilidad de rehabilitar de manera extraordinaria y por única vez planes de facilidades de pago caducos. Los contribuyentes deberán solicitar la rehabilitación de cada uno de los planes hasta el 15 de marzo de 2022 a través del sistema informático “Mis Facilidades” accediendo a la opción “Rehabilitación de Moratorias Caducas”.
