La justicia pone el foco en los vuelos de la muerte
Avanzan investigaciones y juicios que buscan desentrañar los aspectos aún desconocidos de la fase final del plan de exterminio de la última dictadura.


El 6 de diciembre de 1978, los represores que regenteaban el centro clandestino conocido como El Olimpo seleccionaron a un grupo de secuestrados. Los engañaron. Les dijeron que iban a ser llevados a una granja de recuperación en una provincia del Norte y que, para ello, deberían aplicarles una vacuna. Sin embargo, su destino fue otro. Fueron cargados en un camión y luego en un avión para ser arrojados, adormecidos, a las aguas del Mar Argentino. Por este hecho, los gendarmes Hugo Luis Medina, Sergio Raúl Nazario y Miguel Pablo Lugo habían sido absueltos cuando el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 hizo el juicio oral. Sin embargo, esta semana la Cámara Federal de Casación Penal los condenó por su participación en los llamados vuelos de la muerte y les impuso la pena de prisión perpetua.
La Justicia reconstruyó, gracias a los testimonios de los sobrevivientes, que ese 6 de diciembre de 1978 hubo un “traslado” masivo en El Olimpo, el campo de concentración que funcionó entre agosto de 1978 y enero de 1979 en el barrio porteño de Floresta. Ese día, las víctimas seleccionadas para ser desaparecidas fueron Pablo Pavich, Guillermo Pagés Larraya, Irma Nesich, Roberto Alejandro Zaldarriaga, Hugo Julián Luna, Jesús Pedro Peña, Helios Hermógenes Serra Silveira, Mabel Verónica Maero, María Cristina Pérez, Isidoro Oscar Peña, Cristina Magdalena Carreño Araya, Abel Héctor Mateu Gallardo, Franklin Lucio Goizueta, Santiago Bernardo Villanueva, Juan Carlos Rugilo, Nora Fátima Haiuk de Forlenza y Oscar Néstor Forlenza.
Los “traslados” eran un eufemismo para referirse a los asesinatos. Según el TOF 2, mientras funcionaron los centros clandestinos Club Atlético, Banco y Olimpo —que, en realidad, era uno que iba cambiando de locación— se contabilizaron, al menos, diez “traslados”. La administración de la muerte obedecía a la necesidad de los perpetradores de hacer lugar para que otras víctimas permanecieran cautivas.
En diciembre de 2023 terminó el quinto juicio por crímenes cometidos en estos centros clandestinos. En esa oportunidad, fueron juzgados Medina, Nazario y Lugo, entre otros. El TOF 2 los condenó a 25 años de prisión. Sin embargo, los absolvió por los homicidios con el argumento de que no se había podido acreditar que hubieran estado presentes el 6 de diciembre de 1978.
La decisión fue recurrida por las querellas —representadas por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Kaos, Pablo Llonto y la entonces Secretaría de Derechos Humanos de la Nación— y por la fiscalía que encabeza Alejandro Alagia e integran Agustín Vanella y Berenice Timpanaro. La Sala VI de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, respaldó esa postura y condenó a prisión perpetua a los tres represores.
Medina (89) era comandante de la Gendarmería. En 1978, oficiaba como segundo jefe y jefe de Plana Mayor del Destacamento Móvil de la fuerza, que tenía asiento en Campo de Mayo. Como surge de un descargo que hizo el propio Medina, el Destacamento Móvil estuvo afectado al Primer Cuerpo de Ejército, que comandaba Carlos Guillermo Suárez Mason.
En junio de 1978, el Destacamento Móvil de Gendarmería tenía otras funciones: custodiar las canchas del Mundial. Sus agentes se repartían como acomodadores. Así lo declaró un gendarme, Omar Torres. Después de que terminó el campeonato de fútbol, Medina convocó a sus hombres a una reunión y les dijo que tendrían que presentarse en un galpón de Lacarra y Falcón, en el barrio de Floresta. Podrían ir de civil, con bigote, barba o pelo largo. También podrían usar nombres falsos o apodos. Para mayor tranquilidad, la fuerza les proporcionó documentos falsos.
Para esa época, Nazario (77) era primer alférez y estaba destinado a la Dirección de Inteligencia. En los campos de concentración, Nazario no usaba su nombre: lo conocían como Estévez. El gendarme Torres contó que Nazario solía ir a una oficina de El Olimpo y que después visitaba a los prisioneros. Participaba también en torturas. Torres lo vinculó además con la desaparición del cuerpo de Carlos Fassano, pareja de Lucila Révora, madre del senador Eduardo “Wado” de Pedro.
El agente penitenciario Néstor Norberto Cendón también habló de Nazario cuando declaró ante la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep). Lo describió como el enlace entre el Grupo de Tareas 2 y la Central de Reunión de Información (CRI) del Batallón de Inteligencia 601. Para el TOF 2, estos atributos le daban a Nazario uno mayor: la capacidad de seleccionar a las víctimas.
Lugo, por su parte, reconoció haber sido guardia en El Olimpo. Según su versión, habría estado en unas cinco oportunidades en el campo de concentración.
En el juicio fueron fundamentales los testimonios de dos gendarmes que también estuvieron afectados a El Olimpo y que desde hace años vienen declarando ante la Justicia: Torres y Federico Talavera. Torres contó que presenció en El Olimpo tres o cuatro operativos que implicaban subir a los secuestrados a un camión Mercedes-Benz para ser llevados al Aeroparque o a la base militar de El Palomar. Talavera narró, por ejemplo, cómo le tocó conducir un furgón desde El Olimpo hasta Aeroparque.
“Con sus acciones, Medina, Nazario y Lugo tomaron parte en el mantenimiento de la condición de cautividad de las víctimas que luego fueron asesinadas en los llamados ‘vuelos de la muerte’”, escribió Hornos, quien sostuvo que era indistinto si habían estado presentes o no el 6 de diciembre de 1978.
Para Borinsky, los tres hicieron un aporte indispensable al “resultado final muerte”. La contribución al plan fue “asegurar la disponibilidad de las víctimas, su sometimiento y su estado de indefensión”.
Ya existen condenas confirmadas en la Cámara de Casación por los vuelos de la muerte. Por ejemplo, está la condena a los pilotos que “trasladaron” a las Madres de Plaza de Mayo Azucena Villaflor, Esther Careaga y María Eugenia Ponce de Bianco, a las monjas francesas y a los militantes que se reunían en la Iglesia de la Santa Cruz y que fueron secuestrados tras la infiltración de Alfredo Astiz. Recientemente, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas a la estructura del Batallón de Aviación 601 con asiento en Campo de Mayo.
El “traslado” del 6 de diciembre de 1978 tiene su correlato en otra causa: la que investigó la aparición de algunos de los cuerpos en lo que hoy es el Partido de la Costa y las maniobras desplegadas para impedir que esos restos pudieran ser identificados. Una comitiva de Madres de Plaza de Mayo, integrada por Nora Cortiñas, Josefina “Pepa” Noia y Hebe Pavello de Mascía, viajó, en plena dictadura, hasta Dolores para pedirle al juez Carlos Facio que les permitiera ver los cuerpos que habían aparecido en las playas porque pensaban que podrían ser sus hijos o los de otras madres que los estaban buscando.
Facio no les permitió identificarlos. El TOF de Mar del Plata —integrado por Roberto Minguillón, Nicolás Toselli y Matías Mancini— fijó fecha para juzgarlo junto con otros acusados a partir del 4 de diciembre. La fiscalía, que encabeza Laura Mazzaferri, pidió adelantar el inicio del juicio.
El juez Daniel Rafecas, que fue quien reconstruyó el traslado del 6 de diciembre de 1978, también puso el foco en los aviones que se usaban para trasladar a los prisioneros hacia una muerte segura y despiadada.
