Justicia

El abogado Juan Lewis cuestionó la probation de una ex funcionaria de Marcelo Sain

Denuncian que Fiscalía incorporó pruebas a espaldas de las defensas

El defensor de Nadia Schujman y Débora Cotichini en la causa por el presunto espionaje ilegal durante la gestión en el Ministerio de Seguridad hizo críticas procesales y jurídicas, además de señalar la sumisión del Ministerio Público de la Acusación al Ejecutivo provincial.

Juan Lewis, abogado defensor de dos acusadas en la causa por presunto espionaje ilegal. Archivo Rosario|12

El abogado Juan Lewis, defensor de Nadia Schujman y Débora Cotichini en la causa por el presunto espionaje ilegal durante la gestión de Marcelo Sain al frente del Ministerio de Seguridad de Santa Fe, cuestionó la suspensión del juicio a prueba concedida a Milagros Bernard, una de las imputadas que declaró durante largas horas y obtuvo una probation por el plazo de un año.

El letrado sostuvo que la decisión podría contradecir una prohibición expresa del Código Penal para funcionarios públicos que cometieron delitos en ejercicio de sus funciones y denunció que las defensas no fueron notificadas de la audiencia ni tuvieron posibilidad de controlar esa declaración. “Van acomodando las decisiones judiciales de acuerdo a las necesidades de la Fiscalía”, afirmó.

Lewis sostuvo que la defensa se enteró del procedimiento a través de los medios de comunicación y que, pese a la importancia de la declaración de Bernard para la investigación, no recibió ninguna convocatoria ni notificación judicial.

“Nosotros no estuvimos enterados de toda esta movida con una audiencia de probation, con una persona que presuntamente aporta más información, y con una audiencia donde también habían participado algunos querellantes”, señaló.

Para el abogado, la falta de intervención de las defensas resulta especialmente cuestionable porque no se trata de una investigación en curso: la etapa de recolección de pruebas está concluída y la Fiscalía presentó hace tiempo su acusación.

El planteo tiene dos dimensiones. Una es procesal: la posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba sin que las defensas puedan controlar su producción.

La otra es jurídica: si corresponde conceder una suspensión del juicio a prueba a una persona que habría sido funcionaria pública cuando ocurrieron los hechos investigados y si ese instituto puede utilizarse para obtener declaraciones de carácter colaborativo.

Sobre este último punto, Lewis recordó que el artículo 76 bis del Código Penal establece una restricción para conceder la probation a funcionarios públicos cuando el delito que se les atribuye fue cometido en ejercicio de sus funciones. Reconoció que el Código Procesal Penal de Santa Fe, en su artículo 24, no reproduce expresamente esa prohibición, pero sostuvo que ambas normas deben interpretarse de manera armónica.

“Este sería un supuesto completamente excepcional, donde hay una contradicción entre las exigencias del Código Procesal Penal y el Código Penal, y el tribunal ha decidido igualmente otorgarlo”, explicó.

Y agregó que, a su entender, se trataría de uno de los primeros casos en que se concede el beneficio pese a una disposición expresa de la legislación penal nacional.

La discusión adquiere otra dimensión por el contenido de la declaración de Bernard. Lewis cuestionó que una audiencia destinada a resolver una suspensión del juicio a prueba se haya convertido en una instancia para recibir durante horas información sobre los hechos investigados.

“La probation no es el instituto del arrepentido, que busca la colaboración de una persona. No es su objeto natural”, afirmó.

El defensor dijo desconocer el contenido completo de la declaración y que sólo tuvo acceso a trascendidos periodísticos y versiones extraoficiales.

Por eso reclamó conocer qué se entiende por colaboración en este procedimiento y bajo qué condiciones se produjo el testimonio. Consideró que la modalidad elegida impide el control de la prueba por las otras defensas y abre interrogantes sobre si la beneficiaria buscó mejorar su situación procesal mediante el aporte de información. “Parece más bien un arrepentido que declara bajo extorsión que una audiencia de probation”, sostuvo.

Lewis inscribió el episodio en una serie de cuestionamientos que viene formulando desde el comienzo de la causa. Mencionó allanamientos y secuestros sin órdenes judiciales ni testigos de procedimiento, pese a que —según afirmó— se realizaron en lugares céntricos y horarios en los que no había impedimentos para cumplir esas formalidades.

También objetó que se examinaran teléfonos y computadoras sin límites establecidos por un juez sobre los archivos y períodos que podían revisarse.

Aseguró que los técnicos de la defensa detectaron irregularidades en las cadenas de custodia de dispositivos secuestrados, que documentaron fotográficamente y denunciaron ante el Ministerio Público de la Acusación, sin que hasta ahora hayan obtenido respuesta.

También cuestionó la convocatoria, con apenas un día de anticipación, a una pericia sobre un teléfono en San Pablo, Brasil, cuando —según sostuvo— podía realizarse en la Argentina. La solicitud para trasladar el examen al país fue rechazada.

A esos planteos sumó las dificultades para acceder al legajo fiscal. Según relató, la defensa recién pudo consultar las actuaciones después de una resolución de Cámara, ocho meses después de iniciada la investigación.

También denunció entregas incompletas de documentación y archivos inaccesibles, que dificultaron el control de los elementos incorporados.

Otro eje de la controversia es la competencia judicial. Lewis recordó que las defensas, incluída la de Marcelo Sain, plantearon que la investigación debía tramitar en la Justicia federal porque la imputación incluía el delito de espionaje, regulado por la ley nacional 25.520.

Sin embargo, la Cámara de Santa Fe resolvió que los hechos atribuídos por la Fiscalía no encuadraban en esa figura y que, si lo hicieran, correspondía la jurisdicción federal.

La causa podía permanecer en el ámbito provincial por otros delitos eventualmente configurados, como abuso de autoridad o incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El abogado destacó que la Fiscalía no recurrió aquella resolución y luego presentó una acusación que volvió a incluir el espionaje.

Recordó, además, que el camarista Sebastián Creus había formulado un criterio semejante al resolver un planteo vinculado con el acceso a los legajos fiscales.

“Hay una idea reiteradamente señalada de que los hechos que está imputando la Fiscalía no pueden ser considerados espionaje. Y si lo fueran, tendrían que ir a la Justicia federal”, resumió.

Finalmente, Lewis advirtió que las objeciones sobre la legalidad de la obtención de pruebas ya llegaron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario concedido.

Por eso cuestionó que el Colegio de Jueces de primera instancia pretenda avanzar con la audiencia preliminar, en la que deberán discutirse cuestiones que también están sometidas a consideración del máximo tribunal.

Para el defensor, la sucesión de decisiones configura un problema que excede las diferencias procesales entre las partes.

“Esta es una prueba más de la falta de independencia de algunos sectores del Poder Judicial santafesino y de la total sumisión del Ministerio Público de la Acusación al Poder Ejecutivo”, afirmó.

También cuestionó que la Fiscalía, a su entender, haya dejado de lado el deber de objetividad que debe orientar su actuación.

La concesión de la probation a Bernard suma así una nueva controversia a la investigación.

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