Opinión

Otra respuesta a Carlos Zannini

Un notable exponente del denominado realismo jurídico escandinavo, el  profesor Alf Ross, enseñaba su concepción sobre la naturaleza del derecho desplegando un tablero de ajedrez y sus fichas e invitando a un alumno a jugar una partida. A poco de iniciada, Alf Ross, ante la sorpresa y consternación del alumno, movía mal una ficha con el deliberado propósito de obtener una situación ventajosa. A partir de allí preguntaba a los alumnos: ¿Por qué está mal mi movida? Las primeras respuestas eran positivistas; es decir, que la movida era contra las reglas establecidas del juego de ajedrez. La respuesta no era incorrecta, pero sí insuficiente. A poco de seguir el diálogo con los alumnos surgía la respuesta que el maestro esperaba: “…es que si no se respetan las reglas del juego, éste no tiene sentido… el derecho debe ser internalizado en conducta y vivido como socialmente obligatorio”. Años después, otro gran maestro del derecho y la ciencia política, Norberto Bobbio, recurrió a la analogía con el juego de ajedrez, explicando que nadie gana siquiera un modesto torneo barrial de ajedrez con sólo conocer el tablero y los movimientos de los trebejos. Es menester conocer de aperturas, juego medio, y finales, para aspirar a un mejor desempeño. A ese conocimiento Bobbio lo designaba “reglas estratégicas de poder”. Y muy enfáticamente, Bobbio destacaba “… pero ninguna estrategia de poder puede construirse sobre el quiebre de las reglas de juego”.

Como bien ha señalado Carlos Rozanski, estamos en una situación en que se quebrantan las reglas del juego, lo que  hace que la función judicial sea imprevisible e inentendible. Las prácticas jurisdiccionales se han convertido en un espectáculo de magia, donde de la galera del mago salen, tocándola con su vara, a su voluntad e indistintamente, conejos, aves, pañuelos, flores, etc.

Estamos atravesando, con este Gobierno, una etapa ficcional, el mundo del como si.

Como si hubiere Estado de Derecho, con división de poderes y obediencia a la supremacía de la Constitución Nacional (art. 36).

Como si el Poder Judicial de la Nación fuere el garante último y supremo de los derechos y garantías que integran la Ley Suprema de la Nación.

Como si la economía funcionara y se estuviere atravesando una etapa de esplendor para todos los argentinos, y no de, por, y para,  los pocos del privilegio.

Por Eduardo S. Barcesat

* Profesor Titular Consulto, Facultad de Derecho (UBA) – Convencional Nacional Constituyente (año 1994).

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