Justicia

Pedido de jury por la absolución de Trigatti en 2024

Jueces que no quisieron escuchar a las infancias

El diputado Fabián Palo Oliver denunció manipulación de pruebas y arbitrariedad en la absolución. Las Cámaras luego condenaron al docente y cuestionaron con dureza ese fallo.

Fabián Palo Oliver. (Prensa Diputados)

El diputado provincial Fabián Palo Oliver ha formalizado un pedido de Jury de Enjuiciamiento contra los jueces del tribunal que absolvió al docente Juan Trigatti en octubre de 2024, desoyendo los testimonios de niños y niñas, bajo la hipótesis de una “contaminación” masiva de sus declaraciones. Oliver habló de una “crueldad inaceptable” de Martín Manuel Torres, Cecilia Beatriz Labanca y Pablo Osvaldo Busaniche, integrantes del Colegio de Jueces Penales de Santa Fe.

Trigatti era docente del jardín de infantes Ceferino Namuncurá de la ciudad de Santa Fe y, en junio de 2025, fue condenado a 12 años de prisión por una Cámara de Apelaciones que revisó ese primer fallo. Otra Cámara ratificó la condena, en una instancia que se llama apelación horizontal, en noviembre del año pasado.

La decisión del diputado del Frente Amplio por la Soberanía (FAS) es oportuna, ya que la causa Trigatti fue agitada por la senadora nacional Carolina Losada en su primer embate para penalizar las “falsas denuncias”, con una iniciativa que le impone penas mayores a las que tienen algunos delitos contra la integridad sexual. En 2024, se trató como una de las causas que se exhibieron en la Cámara de Senadores.

“Está claro que Trigatti se convirtió en un símbolo que toman los sectores conservadores para desalentar las denuncias por abuso sexual”, expresó Palo Oliver.

Las posteriores decisiones judiciales fueron contrarias a Trigatti. Seis camaristas santafesinas consideraron que el docente estaba mal absuelto, con reproches al tribunal oral que integraban Torres, Labanca y Busaniche. Sin embargo, el abogado de Trigatti, Marcos Barceló, insiste en que no se garantizaron los derechos de su defendido, pero el Colegio de Jueces Penales de la provincia rechazó el recurso de inconstitucionalidad, tanto en el caso del proceso como de la prisión preventiva.

Palo Oliver hizo pública esta medida el miércoles, cuando la fiscal general María Cecilia Vranicich estuvo en la Legislatura para brindar su informe de gestión. La había presentado el día anterior.

Las denuncias, en las que el diputado solicita la destitución inmediata de los jueces, apuntan a una “deficiente interpretación legal” y a una conducta mucho más grave de los magistrados: “la alteración voluntaria de la realidad en la causa para favorecer al imputado y la consiguiente absolución del mismo”.

La presentación sostiene que los jueces Labanca, Torres y Busaniche incurrieron en algo que técnicamente se llama una “manipulación fáctica” deliberada.

No se limitaron a valorar la prueba producida, sino que “crearon hechos inexistentes y silenciaron evidencias cruciales” para sostener la absolución de Juan Francisco Trigatti.

La presentación de Palo Oliver detalla que hubo “manipulación de la prueba producida”. Y lo hace en base a los fallos de segunda instancia. En su primera integración, Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón le hicieron ese reproche al tribunal inferior.

“Se acusa a los jueces de ignorar los informes médicos y psicológicos que confirmaban lesiones y traumas en las víctimas, reemplazándolos por ‘conjeturas personales’ sin base científica”, plantea Palo Oliver en su presentación, en base al estudio de los dos fallos de Cámara.

También plantea que el tribunal oral construyó “falsos antecedentes”.

La presentación de Palo Oliver detalla cómo los magistrados “introdujeron en la sentencia hechos —que nunca fueron probados en el debate— con el único fin de desacreditar el testimonio de las víctimas y de sus familiares, y de dotar de credibilidad su teoría de la existencia de una inoculación general a partir de la mediatización de las primeras denuncias”.

Por eso, les reprocha a los jueces de primera instancia haber incurrido en arbitrariedad y crueldad.

Es que esa primera absolución consideró que había “contaminación” de los testimonios infantiles. “Los jueces sostuvieron la tesis de una ‘sugestión masiva’ y manipulación de las niñas por parte de las familias, a pesar de que toda la prueba técnica indicaba que los relatos de las menores eran genuinos y no presentaban signos de aleccionamiento”, dice el texto de la denuncia presentada por el diputado.

Y también acusa a ese tribunal de ocultar evidencia clave. “Se le reprocha haber omitido deliberadamente pasajes de los testimonios brindados en Cámara Gesell que comprometían la situación del acusado, como así también los informes médicos de los profesionales que examinaron a dos de las cinco víctimas”, dice.

La acusación se apoya en el fallo de la Cámara de Apelaciones y, en base a esa resolución, el diputado subraya que los magistrados aplicaron una “crueldad inaceptable”, revictimizando a las cinco niñas al forzar una realidad procesal que contradecía lo ocurrido en el juicio.

El artículo 142 dice que el Jurado de Enjuiciamiento está compuesto por un ministro de la Corte Suprema de Justicia, dos jueces, tres senadores y tres diputados elegidos por sus respectivas Cámaras con representación de la minoría, y dos abogados matriculados en los colegios de la provincia.

El pedido de jury ya se encuentra en manos de la Corte Suprema provincial e incluye el pedido de suspensión preventiva a los jueces denunciados para garantizar la transparencia del proceso de enjuiciamiento.

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